7.9.06

Como tratar con proporcionalidad a los presuntos delincuentes.

O tambien: Busque las siete diferencias entre estos tres videos:






4 Comments:

Anonymous Anónimo said...

Hombreee, es muy sencillo, al verdadero delincuente no se le puede tocar... no se vaya a mosquear y se rebele. Con la gente normal se puede descargar toda la fuerza innecesaria que se quiera.

8/9/06 11:16  
Anonymous Anónimo said...

Amenazar de muerte es un delito penal muy grave:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t6.html

Artículo 169.

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

1.

Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.

Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.

Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

8/9/06 11:53  
Anonymous Anónimo said...

que bueno!!

8/9/06 22:32  
Anonymous Anónimo said...

Pues yo lo veo todo proporcional... en un caso lo que corre peligro es la fortuna de constructores y políticos, y en otro la vida de un juez...

ETA lleva haciendo eso treinta años, no los van a cortar ahora, y menos con Zapatero negociando...

Lo de las sentadas era más "peligroso", por lo que había que cortarlo de raíz por lo medios que fueran necesarios... y ya desde la segunda ocasión se emplearon a fondo...

10/9/06 19:26  

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